18 BOLETIN DE LA ACADEMIA GALLEGA
plar, ni ta?lpoco de su hija D. a Urraca, por las que se conservan
de Alfonso VII y de Alfonso IX, se colige f?cilmente la verdad de
lo expuesto, por cuanto en ninguna de las piezas labradas apareco
ni una efigic del Ap?stol, ni un b?culo, ni una venera, ni otro
s?mbolo ni se?al que indique que la zeca fuese propiedad exclusiva
de la Iglesia y Cabildo. S?lo en. ellas se ve, como marca de f?bri
ca, el nombrc de la ciudad, al igual que las labradas en Le?n, To
ledo y Segovia, prueba evidente de quo el mencionado taller de
acu?aci?n no fu? nunca episcopal, sino oficial, o sea, del Estado, 0,
como decimos hoy, una f?brica nacional.
Como ?ltima consideraci?n en prueba de lo que dejamos con
signado, citaremos un privilegio de Felipe III expedido a 18 de
Febrero de 1614 a favor del duque de Uceda. Por esta escritura el
rey hack donaci?n al duque, para s? y sus sucesores, de la Casa de
la Moneda de Madrid con todos sus pertrechos de f?brica y el em
pleo de Tesorero perpetuo de dicha Casa, merced que fu? anulada
por Felipe V en virtud de R. C. de 10 de Junio de 1718. Sin
embargo, los duques de Uceda continuaron con la acu?aci?n mo
netaria hasta el a?o 1760, en que cesaron, previa indemniza
ci?n (1).
En los ciento cuarenta y seis a?os transcurridos desde la con
cesi?n de tan notable privilegio, hasta que la repetida f?brica fu?
incorporada de nuevo a la Corona, el mencionado duque y sus he
rederos acu?aron en aquel espacio de tiempo mucha cantidad dc
numerario, y a nadie se le habr? pasado por la mente que Feli
pe III concediera a aquellos pr?ccrcs via libre para batir moneda
a su gusto y para su exclusivo y particular provecho.
Tal concesi?n consisti? ?nicamente en poner en manos de los
duques de Ueeda la Casa de la Moneda para que la llevasen como
ineros arrendatarios, encarg?n.dose de dirigir y administrar el es
tablecimiento, nombrar el personal neoesario para ello y procurar
el mejor funcionamiento de la zeca.
No fu?, pues, otra cosa, ni tuvo mayor alcance que la anterior,
la donacii?n hecha por Alfonso VI a la Iglesia de Santiago, puesto
quo por ambos privilegios estaba intervenida la labra de la moneda
y los productos de la f?brica.
(1) ADOLFO PLA?IOL, Casa dc la Moncda dc Madrid, pigs. 9, 10
y 11. Madrid, 1917.