222 BOLETIN DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA`
misi?n de que' hab?a encargado ' a J??n Pareja, `Ios poderes de
que le hab?a i?vestido para cobrar y arrendar todo h?sta "en pa:
bli?a;aln o?eda' , el mandato de quo se le obedezca, etc. Tampo
co las . M. A. H. traen esta ` carta que; ''sin` embargo,' concuerdan'
muy bien, .porque de s?lo:'seis d?as antes, el 10 de abril de 1471,
es 'el ordenamiento de don Enrique sobre fabricaci?n de moneda,
expedido' tambi?n en Segovia y transcrito en 'diclias M. A. H.
' Est? claro 'que estas dos ,?ltimas : cartas de " don Enrique'
son distintas basta compulsar las fechas separadas pot ' medio
a?o; sin embargo, el contenido es casi ! el mismo. ?Por qu?, pues,'
Ia'segunda? No ser?a por haberse extraviado la'primera. M?s
bien, por si alguno considerase la anterior como caducada, era.
como una renovaci?n. Tarnbi?n hay alguna variaci?n en l?s des:
tinatarios. Y acaso lo m?s probable ser?a la resistencia ?a obede
cer"los mandatos reales y, por eso,`los,ratifica para que se yea as?
patente la=voluntad del Rey.
El nombramiento de Pareja para Justicia Mayor y su acep
taci?n por algunos caballeros tambi?n nos consta un acta
levantada en el monasterio de ` Carboeiro 'a 20 de febrero `'de'
1471 (85), en que intervienen y conferencian, por una parte, los
caballeros Suero ` G?mez de Sotomayor, ' Per Alvarez de Sotoma
yor, Sancho de ` Ulloa, Lope S?nchez `de Moscoso, Diego ` de ` Le
mos, Gonzalo de Ulloa 'y otros fidalgos y escud?ros, y, por otra
parte, Alvaro de Taboada, guarda del Rey quien compareci? anj .
te el notario de Deza y con autoridad real dijo que don Enri
que 4.?, "informado de las grandes discordias, disensi?nes, gue
rras, muertes, esc?ndalos y otros males que en este reino de Ga
licia se hac?an en su deservicio y ' destrucci?n del ` reino..., ! en
viaba por su Corregidor y Justicia Mayor a Juan de Pareja, pa
ra pacificar, apracar e concordar y apartar las dichas disensio
nes, guerras e males...". Y a continuaci?n present? un poder
signado de Juan de Castellanos y dado a ?l, Alvaro de Taboa
da (so), por dicho Juan de Pareja con detalle y especificaci?n de
las prerrogativas y facultades otorgadas, el cual poder "por su
larga prolixidad no inxiri aqu?". 'A continuaci?n en tal docu
mento se hace constar que los mencionados caballeros le acep
taron y recihieron por Justicia Mayor de Galicia y le prometie.
)85) A. A. f. 144. .
(so) ALVARO LOSADA, dice Couselo, loc. cit. p. 73.