212 BOLET?N DE LA REAL "ACADEMIA GALLEGA
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Malpica, a consecuencia de las reclamaciones de do?a,Juana Des ,
t??iga, condesa de Valencia, quien aseguraba que le ,pertene
c?a y era suya la villa y tierra 'de Malpica eon jurisdicci?n civil=
y criminal, porque su marido don Pedro de Acu?a,; conde de Va
lencia, "en su. vida se la 'di? . en el pago de su dote e arras" 'y`
despu?s de la muerte de, ?ste, ;"el conde , don Juan, su hij o, .` le
dej? la,dicha villa e su tierra.e la posesi?n "de ellapara';en pago
de la cliche, dote e arras, e le , fiso cesi?n :e , traspasamiento. ,de
cualquier derecho que ?l ten?a ,a la dicha villa...". Y aludiendo
a las quejas `de la condesa de Valencia, ? continuaba el Rey. di
ciendo: "E agora diz que vos el dicho Concejo... injusta e non
,debidainente vos avedes alr?ado,'e .rebelado~ con la dicha villa e
non queredes acudir con los derechos ' e rentas; ,pertenec?entes
al se?or?o de ella, ni queredes prestar obediencia"; por todo lo
cual reclamaba, adem?s, por da?os treinta ma maravedises. En
consecuencia,' Enrique 4.? les manda que "tengades por senora
de dicha villa a dicha condesa do?a Juana D?stru?iga".
MUERTE.D?L ARZOBISPO DON RODRIGO DE LUNA.
Y NOMBRAMIENTO? DEL SUCESOR'
El arzobispo llegado a hi Rochablanca de Padr?n, despu?s"
de haber agotado todos los medios` pac?ficos, aunque en contra"
de su voluntad se, vi? precisado 'a "declarar la guerra a la ciudad
de Santiago, ayudaado por el cdnde de Lemos, Lope..Sanchez de
Ulloa,' Alvaro P?ez ide Sotomayor, Fern?n Perez de Andrade y al
gunos m?s. El 30 de junio de 4460, todo estaba preparado para:
dirigirse contra . Santiago; pero , repentina e inopinadamente al
d?a siguiente,' 1.? de julio, fallec?a'el arzobispo, acaso de'muerte
natural, acaso por alg?n "infame artificio", no raro en aquella
?poca (ol).
Siempre es sensible la muerte de un arzobispo, m?xime sien
do "booa memoria", como de don Rodrigo afirman documentos
posteriores de 1460, 63 y 68; pero en estas circunstancias turbu
lentas pudiera f?eilmente acarrear fatales consecuencias. Bien
? se daban cuenta de ello en la Corte, y, "por eso, solamente doce d?as
?
(.ei) L. F.: Historia..., p. 238 y 239.