210 BOLET?N DE LA REAL ACADEMIA GALLEGA
a?nque bastarlte, borrosa y destrozada en la doblez, la cual, fu?.
firmada cerc? del r?o de la Rocha el t9 de enero de 1460, y, des.
pu?s, en el a?o 'de 1517, fu? presentada en la Audiencia p?blica
de Valladolid por Juan de Lezcano, como procurddor' del arz
ob?spo, en el pleito con` don Pedro'Enr?quez.
En tal documento Suero G?mez de Sotomayor:. eonfiesa que,
Juntainente con el conde de Trastamara y otros, se hab?a?rebe
t?do ?o?' las' villas de Noya y Muros contra . Cl arzobispo dor? Ro
drigo de Luna; ';' or ue ?ste le causara al unos ' da?os en sus
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ti?rras, el 'di~ho Suero con sus gentes y armas habit' ay?dado'
a que' las mencionadas v?llas 'se insubordinasen ?ausando graves
da?os, 'rob?s y destrozos en los territorios y propiedades de la
digndad arzobispal. Arrepentido ahora ' de ello hace firme " y
si?c?ra promesa' baj o' j uram?nto, de que `` en el plazo 'de 8 dills
saldr? de la ciudad de Santiago, "donde al presente estoy e resi
do; con todos mis escuderos y peones que tengo"; y ??ade, ade
mas, quo no,volver?a a entrar en dicha ciudad sin mandato deI'
?rzobispo, y que'`en lo sucesiv? no prestar?a favor alguno directa
i?directamente ? dieho condo y da palabra de que desde en
tonces ser?a obediente vasallo, "segun lo ` fizieron mis anteceso"
r?s". T?mbi?n en esta escritura dice que entregar? los t?tulos de
los' feudos 'y la fortaleza de Lobera en prenda de seguridad de'
que cumplir? su palabra y termina diciendo 'que el arzobispo
i6dr? hacer de todo ello lo que m?s le plazca.
Por esto se ve el deseo que Suero G?mez de Sotomayor 'mani
fe'staba de p?nerse en paz con d'9n Rodrigo de Luna, as? como se
ve claramente q?e" hab?a ahandonado al conde y promet?a para
l? sucesivo ' no tener relaci?n alguna con ?l. Pero por aqu? no
?t?nemos conocimiento de si las villas insubordinadas` se some
tieron entonces mas Icy quo s? sabemos es `que el conde de Tras
tamara continue) ocupando ` indebidamente la ciudad de ' Santia
go entonces y todo el afro. siguiente y a?n m?s, como veremos
d?spu?s.
Debemos notar que los mentados poderes del arzobispo y de
do?a Juana de Castro y las consiguientes capitulaciones que hr1=
bier? habido, son posteriores y diferentes de las capitulaciones
que sobre la 1tocha blanca, que estaba cercada, se concertaron
"en el campo, junto a la puerta de M??arelas", a 3 de septiem
bre de 1459 (anteriores, por lo tanto, a las fechas de dichos po
deres) entre Pedro Alvarez Osorio, condo de. Trastamara, Suero